La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) cuenta actualmente con 45 Normas Oficiales Mexicanas (NOM’s) para su cumplimiento en los centros de trabajo; facultad que ha sido otorgada por las siguientes disposiciones legales:
Lo anterior, se deriva de nuestra carta magna, La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dicta en su artículo 123 Apartado «A»,fracción XV, lo siguiente:
el patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas.
Es decir, en los centros de trabajo estarán obligados a cumplir las NOM’s de la STPS que les apliquen con base a las actividades y procesos que ahí se lleven a cabo.
Las 45 NOM’s se dividen en 5 categorías o grupos, como se muestra a continuación:
En esta clasificación se agrupan 12 normas que buscan reducir o eliminar los accidentes de trabajo.
Este grupo está conformado por 10 normas, las cuales tienen como finalidad a prevenir enfermedades de trabajo, apoyándose en el reconocimiento, evaluación y control de los contaminantes del ambiente laboral que son los agentes físicos y químicos. También se han considerado los factores de riesgo psicosocial y ergonómico.
Las 6 normas que integran este grupo tienen como propósito común dictar las medidas generales, encaminadas a coordinar los recursos materiales, humanos y financieros para llevar a cabo la administración de la seguridad y salud en el trabajo.
Este grupo está constituido por 8 normas que están enfocadas a ramas de actividad específica: agrícola, forestal, ferroviaria, minería y construcción. En su contenido se describen los aspectos más críticos y generales de seguridad e higiene que deben ser observados para conservar la vida y salud de los trabajadores.
Este último grupo de 9 normas regulan especificaciones de productos; dirigidas principalmente a fabricantes, comercializadores, importadores y distribuidores; su cumplimiento en los centros de trabajo se vigila de manera directa.
Las primeras tres categorías son de aplicación obligatoria en los centros de trabajo en función de las características de las actividades que desarrollan y de las materias primas, productos y subproductos que se manejan, transportan, procesan o almacenan; ya sean empresas de producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios.
La cuarta categoría es de aplicación obligatoria para las empresas que pertenecen a los sectores o actividades específicas referidas en dichas normas.
Por último, la quinta categoría corresponde a las empresas que fabrican, comercializan o distribuyen equipos contra incendio y de protección personal.
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Secretaría del Trabajo y Previsión Social – STPS. (2012). Marco normativo de seguridad y salud en el trabajo. Consultado el 12 de noviembre de 2019 en http://asinom.stps.gob.mx:8145/Centro/CentroMarcoNormativo.aspx. México.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social – STPS. (2013). Vigilancia del cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud en el trabajo. Obtenido el 12 de noviembre de 2019 dehttp://www.stps.gob.mx/bp/anexos/minas2012/manual_completo052013.pdf. México.
Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo – SePreSST. (2019). Glosario de Términos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Obtenido el 12 de octubre de 2019 en http://www.sepresst.com.mx/2019/08/23/glosario-de-terminos-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/. México.
Es natural que cuando se tiene una conversación en temas de Seguridad y Salud en el Trabajo, los términos peligro y riesgo se intercambien constantemente; en primer lugar porque los dos términos nos representan algo que puede afectar o causar daño a la salud; y en segundo lugar, porque son términos que están íntimamente relacionados como se verá más adelante, aunque en el sentido estricto de las definiciones que establece la NOM-030-STPS-2009 en México, se puede notar su diferencia, y también su relación.
Son las características o propiedades intrínsecas de los agentes o condiciones presentes en el ambiente laboral. Su grado de peligrosidad se obtiene al evaluar la potencialidad del efecto que pueden generar o provocar dichas características o propiedades de los agentes o condiciones.
Al decir «características o propiedades intrínsecas» hace alusión a los atributos que ya posee por su naturaleza el agente o condición, por ejemplo:
Mayormente, el «grado de peligrosidad» se puede expresar a través de magnitudes o medidas de sus características o propiedades, en algunos casos inclusive con relación al tiempo de exposición; por ejemplo:
Es la correlación de la peligrosidad de un agente o condición física y la exposición de los trabajadores con la posibilidad de causar efectos adversos para su salud o vida, o dañar al centro de trabajo. Como expresión, el riesgo es igual al peligro por la exposición del trabajador.
1. Si no hay exposición de trabajador(es) al peligro, entonces no habrá riesgo.
2. Si se elimina y/o reduce cualquiera de los dos factores, se controla el riesgo (ver jerarquía de controles).
Entonces, al interactuar el peligro y la exposición del trabajador se producen riesgos, como por ejemplo:
De acuerdo a los términos expuestos, la diferencia entre peligro y riesgo radica en que el peligro es aquello que puede causar un daño, y riesgo es lo que puede ocurrir durante la interacción o exposición al peligro, como se expresa en la Imagen 2 y se describe en la siguiente tabla:
Peligro | Riesgo(s) |
Altura | Caída |
Inflamabilidad | Quemadura |
Explosividad | Desintegración, quemadura |
Energía eléctrica | Choque eléctrico, arco eléctrico y ráfaga |
Ruido | Exposición al ruido |
Objeto filoso | Cortadura o penetración |
Objeto obtuso | Golpe o contusión |
Cargas suspendidas | Aplastamiento |
Sentado por periodo prolongado | Ergonómico por postura estática |
En la mismas definiciones, se puede notar que en ambos casos se hace referencia a efectos o daños que se pueden provocarse, esto también explica su relación.
Por otra parte, se puede concluir, que cuando se actúa o establecen medidas de seguridad sobre el peligro y/o la exposición del trabajador, se controla el riesgo en el sitio de trabajo, ya sea eliminándolo o reduciéndolo.
El estudio o análisis de los riesgos consiste en tres etapas primordiales que son el Reconocimiento, la Evaluación y el Control. En este caso, el Control es el proceso mediante el cual se instrumentan las medidas de seguridad, derivadas de la Evaluación de los agentes Contaminantes del Ambiente Laboral (agentes físicos, químicos y biológicos), a efecto de no rebasar los valores límite de exposición (RFSST, 2014). Además se consideran dentro de las medidas de control, las que se tienen que aplicar a los factores ergonómicos, factores psicosociales y condiciones de riesgo del entorno.
Con la finalidad de definir y establecer los mejores controles en la instalación o sitio de trabajo, y no considerar al Equipo de Protección Personal (EPP) como primera barrera de seguridad entre el trabajador y el riesgo (lo cual es menos efectivo), es imprescindible jerarquizarlos para reducir de manera más efectiva la probabilidad de accidentes y enfermedades de trabajo (riesgos de trabajo).
La Administación de la Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA por sus siglas en inglés) recomienda la siguiente jerarquía de 5 pasos:
En la Imagen 1 se observa claramente que la Eliminación es más efectiva y el EPP es menos efectivo; esto no quiere decir que el EPP no sea necesario o menos importante para proteger a los trabajadores como lo establece la NOM-017-STPS-2008; pero, si se elimina o sustituye un peligro del lugar de trabajo, esto podría significar un EPP menos que el trabajador deba portar.
Es importante seleccionar los controles que sean más factibles, eficaces y permanentes.
Eliminación: Limpiar derrames de líquidos, retirar objetos tirados en el suelo, quitar objetos en alto que puedan caer, remover de una habitación recipientes que contienen líquidos inflamables, etc.
La jerarquía de controles es aplicable en la prevención de riesgos de trabajo de la mayoría de las Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la STPS, así como en los métodos existentes para el análisis de riesgos; esta tarea es multidisciplinaria, en donde el Responsable de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo juega un rol importante en conjunto con los especialistas o técnicos de las disciplinas implicadas.
Es tan recomendada la utilización de la jerarquía de controles de riesgos que actualmente en el requisito 8.1.2 «Eliminar peligros y reducir riesgos en la SST»de la ISO 45001:2018 «Sistemas de Seguridad y Salud en el Trabajo – Requisitos con orientación para su uso«, la contempla para su aplicación en la organizaciones que están instrumentando este estándar internacional.
Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo es un término acuñado en la normatividad de México; y se refiere a:
Aquellos prestados por personal capacitado -interno, externo o mixto-, cuyo propósito principal es prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo, mediante el cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST).
De acuerdo a la NOM-030-STPS-2009, la persona designada para prestar tales servicios es el Responsable de SST; sin embargo, generalmente en el argot laboral se le conoce como: segurista, higienista o prevencionista; o estructuralmente como gerente, coordinador, jefe o supervisor de SST; en donde la mayor responsabilidad la tendrá el Responsable de SST con el mayor grado jerárquico en esta área dentro de la organización.
Tal como se establece en la definición, dicho personal puede ser interno, externo o mixto. Se entiende por interno, los prestados por el patrón o personal del centro de trabajo; externo, los prestados por personal independiente al centro de trabajo, y mixtos, los prestados tanto por personal interno como por personal independiente al centro de trabajo.
El término Seguridad y Salud en el Trabajo también puede estar referido como: seguridad e higiene; seguridad e higiene industrial; seguridad y salud; seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo; seguridad y salud ocupacional; etc.
En la NOM-030-STPS-2009 se establecen las funciones y actividades de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Además de sus funciones y actividades, se especifican los requerimientos mínimos para el Diagnóstico de SST, y el Programa de SST o Relación de Acciones Preventivas y Correctivas de SST, respectivamente.
Por último, la NOM a través de sus Guías de Referencia, recomienda instrumentar algunas acciones preventivas en los centros de trabajo.
Otras normas que refieren a los Servicios Preventivos de SST son:
Es vital que todo el personal que conforma a los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo en México, esté capacitado en la aplicación de la NOM-030-STPS-2009, como la base normativa para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo en sus centros de trabajo.
Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo – SePreSST. (2019). Glosario de Términos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Publicado el 23 de agosto de 2019 en http://www.sepresst.com.mx/2019/08/23/glosario-de-terminos-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/. México.
Actualmente en México, solo existe por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) un apoyo informático web en donde se pueden consultar algunos términos relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST): «Consulta de definiciones contenidas en las normas«, como parte del «Programa de Autogestión de Seguridad y Salud en el Trabajo» (PASST) que esta misma dependencia de gobierno promueve para las empresas a nivel nacional; sin embargo, dicho apoyo informático no incluye a todas las normas expedidas por la Secretaría, y una de ellas no está actualizada.
Es por tal razón, que Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SePreSST) emite el primer Glosario de Términos de SST.
Que además incluye:
El glosario se desarrolló para servir como un documento de consulta para investigadores, profesionistas, personal de los servicios preventivos de SST, patrones, trabajadores y estudiantes; en general, todos aquellos interesados en conocer las definiciones de los términos normativos con enfoque a la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Los términos y definiciones se tomaron de: